Crisis económica no es excusa para dejar de pagar asistencia alimentaria

La responsable del Juzgado de la Niñez y Adolescencia, la jueza de primer turno, abogada Delsy Cardozo, recuerda la obligación que tienen los padres con los hijos. Una vez que cuentan con la patria potestad de los menores, estos se encuentran obligados a cumplir con la denominada asistencia alimentaria.

0
559

La funcionaria nos comenta que estos recursos se encuentran regulados en el código de la niñez y adolescencia en su artículo 97 y que están vigentes desde la concepción de la criatura y que la madre puede solicitar de forma prenatal, por lo tanto no solo tiene que ver con lo alimenticio. “Los niños y niñas tienen varios derechos establecidos por la ley y la asistencia alimentaria es uno de los importantes, ya que garantizan que ellos reciban fondos destinados a su alimentación, vestimenta, salud, educación y comodidad en general”, expresó.

Con relación a la crisis económica actual, la letrada dijo que son tiempos difíciles, pero que se deben dar importancia a lo prioritario, que es el bienestar del niño y si en el caso de que uno de los responsable quede sin trabajo llamó al diálogo entre ambos. “En realidad la crisis económica no debe afectar este pago, las necesidades son prioridades, más que nunca debe reinar el diálogo entre el padre y la madre y si uno de los dos o los dos quedan desempleados se debe ver la manera que no le falta nada a la criatura”, declaró.

Cardozó instó a las madres solteras a denunciar los casos y comentó que son varios los instrumentos judiciales que se pueden utilizar para llegar a una resolución. “Contamos con mecanismo procesales como intimación, juicios ejecutivos, embargos y lo último ya que sería la remisión al Ministerio público donde ya se llevaría a un juicio penal” , explicó.

Responsabilidad subsidiaria

La abogada también comentó en la ocasión que existe la figura de responsabilidad subsidiaria en el caso de que el progenitor no pueda sostener los pagos correspondientes. “Este pago también puede ser hecho por los familiares del padre si él mismo no se encuentra en condiciones económicas de realizarlo”, concluyó

Según la ley el suministro de la asistencia alimentaria es obligación de la madre y el padre, pero este segundo es quien casi debe realizar, ya que la mamá en la mayoría de los casos queda a cargo del menor.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí