InicioActualidadMuv y Uber podrán trabajar sin restricciones en CDE

Muv y Uber podrán trabajar sin restricciones en CDE

La “Ordenanza por la cual se reglamenta la Utilización Del VTC (Vehículo de Transporte Con Conductor) a través de Plataformas Digitales” quedó vetada y así como están las cosas, no hay regulación para los servicios de transporte como Muv, Uber y similares. La normativa disponía que los rodados que brinden el servicio no deberían tener menos de ocho años de fabricación, que deberán contar con seguro al pasajero y contra terceros; además de la póliza al día.

También, prohibía a los conductores de estos servicios que alcen pasajeros a 100 metros a la redonda de las paradas de taxi. Igualmente, se establecía que tanto UBER como MUV deberán contar con oficina física en el municipio de Ciudad del Este con el objetivo de recepcionar eventuales reclamos. También deberían contar con las habilitaciones, registros de conducir y un permisionario al días.

Si bien, la mayoría de estos requisitos corresponden y son aceptados por representantes de estos servicios de transporte vinculados a las aplicaciones digitales, la ordenanza fue redactada a partir de un pedido de gremios de taxistas de Ciudad del Este, sin la participación de otros actores y con artículos que les favorecían en detrimento de sus competidores.

Más información: ¿Los taxistas pueden trabajar en armonía con choferes de Muv y Uber en Ciudad del Este?

Al enterarse de la vigencia del veto a la ordenanza, el director nacional de Muv, Sergio Mura, expresó: “Por suerte, porque era una ridiculez como una obvia preferencia a un gremio en específico que por no estar formalizado, siente que deben limitar a otra. No obstante, solo hablo de MUV como la única plataforma formalizada/legal en Paraguay. El resto es una informalidad tremenda que pasan por las narices de entes responsables que no actúan”.

Calificó la ordenanza que había sido aprobada en la Junta como “retroceso a la innovación y la formalidad”.

El intendente Miguel Prieto fundamentó su veto a la ordenanza aprobada por los concejales, con varios artículos de la Constitución Nacional: Art. 46 de la Igualdad de las Personas, Art. 86 del Derecho al Trabajo, Art. 107 de la Libertad de Concurrencia, Art. 128 de la Primacía del Interés General y del Deber de Colaborar.

Más información: Intendente anuncia veto a ordenanza que limita a Muv y Uber en CDE

El veto quedó con sanción ficta al vencerse el plazo para su tratamiento en la Junta Municipal. Los concejales no sesionaron este lunes, por falta de quórum. Gremios de taxistas siguen exigiendo una reglamentación porque consideran a los otros servicios como “competencia desleal”.    

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