La investigación indica que: “La violencia digital de género es un continuum de la violencia hacia las mujeres y niñas en el mundo físico. Internet no es un espacio libre de violencia y que estas violencias no operan de manera aislada con la violencia física. Están conectadas, se superponen y se fortalecen entre sí. Por tanto, se puede afirmar que la violencia digital es real”.
El estudio fue realizado por TEDIC, una organización sin fines de lucro que defiende y promueve los derechos humanos en Internet. Las responsables del relevamiento y procesamiento de datos fueron la socióloga Diana García y la directora de la organización, Maricarmen Sequera. El trabajo se realizó en el marco de un proyecto financiado por Women Rights Online de World Wide Web Fundation.
Para lograr los objetivos de la investigación se realizaron entrevistas de profundidad y charlas con grupos focales con un total de 48 mujeres activistas, defensoras de derechos humanos y pertenecientes a comunidades diversas de Asunción, Ciudad del Este, Villarrica, Caaguazú y Encarnación.
“Esta investigación busca explorar los pasos para abordar la violencia digital de género facilitada por la TIC en Paraguay. Además ofrece datos sobre el acceso de las mujeres y evidencias sobre la violencia digital de género en Paraguay, para ampliar el enfoque de la definición de violencia telemática de la ley 5777/16 (Ley de protección integral a las mujeres, contra toda forma de violencia). También busca contribuir a generar una línea de base de análisis sobre la violencia en línea contra las mujeres en Paraguay, que motive nuevos estudios de mayor alcance y, sobre todo, debate para la generación de políticas públicas enfocadas en el tema”, expresa la introducción del documento publicado por TEDIC este martes, a través de sus redes sociales.
¿Qué es la violencia digital de género?
Entre las definiciones consideradas en la investigación se encuentra la siguiente: “Puede definirse a la violencia digital de género como la que se comete y se expande a través de medios digitales, contra una mujer ―por ser mujer―, o cuando afecta a las mujeres de manera desproporcionada (UN Women, 2020). Esta violencia causa daño psicológico y emocional, refuerza prejuicios, daña la reputación, causa pérdidas económicas y plantea barreras a la participación en la vida pública. Además puede conducir a formas de violencia sexual y otras formas de violencia física (Barreras 2017)”.
Una de las formas que toma la violencia digital de género es la difusión de imagen íntima no consentida que tiene como fin la estigmatización de las mujeres por ejercer su sexualidad en las redes, indica Sequera.
Otros tipos de violencia asociados son la vigilancia estatal (espionaje estatal) y las consecuentes violaciones al debido proceso. En estas graves transgresiones pueden esconderse situaciones de opresión a las mujeres, como el acoso, la extorsión y la intimidación.
La investigación reveló que una de las formas más comunes de violencia digital contra las mujeres es el acoso en la mensajería privada. Esto afecta generando inseguridad, angustia y dañando la autoestima. Según las declaraciones recabadas, ante esta situación, las víctimas optan por la autocensura en redes y/o la exposición pública del agresor.
En lo que respecta a las normativas y políticas públicas en el país, el estudio concluye que: “no existe una armonización normativa que considere la violencia digital como una extensión de la violencia física. Esta falta de consideración conlleva la invisibilización y desprotección de las mujeres en el entorno digital. No existen estudios ni puntos de referencia epistémicos que reconozcan el problema en el país. Hasta la fecha no existe una producción de datos representativos en el Observatorio de la Mujer del Ministerio de la Mujer sobre violencia digital de género. Por tanto no se evidencia capacidad institucional para generar políticas públicas basadas en evidencias y así salvaguardar, proteger y reparar a las mujeres y niñas de esta violencia de manera integral”.
A modo de sugerencia, la investigación plantea: “uno de los caminos a seguir, es la implementación de estrategias de abordaje integral, que se enfoquen en la prevención, mitigación y respuestas concretas que permitan proteger los derechos de las mujeres en los espacios digitales. Resulta muy preocupante el hecho de que como primera acción en la prevención de este fenómeno sean propuestas punitivistas. La respuesta no sólo debe radicar en el derecho penal sino en otras formas de prevención y reparación que permitan proteger a la víctima de violencia digital de género”.
La investigación completa está disponible en la página web de TEDIC.