InicioActualidadConvocan a manifestación por justicia para víctima de feminicidio

Convocan a manifestación por justicia para víctima de feminicidio

La jueza penal de garantías Nº 5 de Ciudad del Este, Cinthia Garcete otorgó arresto domiciliario al presunto asesino de la adolescente Antonia Noemí Sosa de 17 años de edad y cambió la caratula de feminicidio a homicidio doloso. El imputado fue enviado a su casa, con una fianza real de G. 100 millones.

El presunto feminicida Anderson González y su abogado Érico Ramírez. (Foto: Gentileza)

Anderson González Ocampos de 20 años estaba procesado por feminicidio. Los datos del caso refieren que González realizó dos disparos contra la adolescente, quien era su novia, durante una discusión el 20 de agosto del 2021 cerca de las 22:00 en el interior de una vivienda ubicada en el km 13 Monday, donde funciona el comedor “Ña Rumi”.

La víctima recibió una herida de arma de fuego a la altura del rostro y otro el pecho. Fue llevada al hospital distrital de Minga Guazú de donde fue derivada al Hospital Regional de Ciudad del Este y finalmente, a las 23:58 se reportó su deceso. En el caso intervino el fiscal Alberto Torres, pero debido a su traslado, la causa quedó en manos del fiscal Alcides Giménez.

El caso llegó a una audiencia preliminar el pasado 22 de abril, donde el abogado defensor Érico Ramírez planteó el cambio de carátula de feminicidio a homicidio doloso y solicitó al Juzgado Penal de Garantías a cargo de Cinthia Garcete, el arresto domiciliario para su cliente. La magistrada se allanó a todos los pedidos de la defensa del presunto feminicida, quien posteriormente realizó una fiesta en su casa para celebrar su libertad condicional.

Familiares de la víctima quedaron indignados con la decisión de la jueza. Miriam Gómez, madre de la adolescente asesinada dijo: “Nos sorprendió, quedamos indignados. Queremos justicia para Noemí”.

Comentó que actualmente no cuentan con un abogado que represente a la familia. “Teníamos un abogado, pero abandonó la causa no sé por qué”, expresó la madre. La familia es humilde y no cuenta con recursos económicos para enfrentar el proceso judicial, mientras el presunto homicida presentó a través de su defensa una fianza de 100 millones de guaraníes para lograr su libertad ambulatoria y logró el cambio de carátula del expediente lo cual le permitiría obtener una pena menor por el crimen.

La diferencia entre homicidio doloso y feminicidio

El homicidio doloso es un hecho punible contra la vida y según el artículo 105 del Código Penal Paraguayo, implica una pena privativa de libertad de 5 a 15 años y establece que la pena podrá ser aumentada hasta 25 años cuando el autor matara a su padre o madre, a su hijo, a su cónyuge o concubino, o a su hermano.

La diferencia entre el homicidio doloso y el feminicidio es el componente de género. La Ley Nº 5777/16 de Protección Integral a las Mujeres contra toda forma de Violencia busca visibilizar una forma extrema de violencia vinculada con la desigualdad estructural que afecta a las mujeres por razones de género, es decir, por ser mujer. La Ley incorpora el feminicidio en el inciso a) del artículo 6, como una forma de violencia y lo tipifica en el artículo 50 con una pena privativa de libertad de 10 a 30 años.

El artículo 50 establece cuáles son las circunstancias del asesinato de una mujer que deben ser consideradas en un feminicidio. Un crimen puede ser caratulado como feminicidio cuando el asesinato ocurre contra una mujer por su condición de tal y cuando: El autor mantenga o hubiere mantenido con la víctima una relación conyugal, de convivencia, pareja, noviazgo o afectividad en cualquier tiempo; exista un vínculo de parentesco entre la víctima y el autor, dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.

Así también, la ley dispone que: La muerte ocurra como resultado de haberse cometido con anterioridad; un ciclo de violencia física, sexual, psicológica o patrimonial contra la víctima, independientemente de que los hechos hayan sido denunciados o no; la víctima se hubiere encontrado en una situación de subordinación o dependencia respecto del autor, o este se hubiere aprovechado de la situación de vulnerabilidad física o psíquica de la víctima para cometer el hecho.

Cabe mencionar que en el caso de Noemí, el encausado era su novio cuando se produjo su asesinato. La víctima era una adolescente de 17 años, ella era menor de edad y él un adulto de 20 años de edad. Sin embargo, estos elementos no fueron considerados por el Juzgado ni la Fiscalía al realizar el cambio de la carátula del expediente y otorgar la libertad ambulatoria del presunto feminicida.  

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