Desde el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) detallan que esta plataforma digital incluye la posibilidad de realizar el cálculo para salario constante y salarios variables por cada mes.
La misma fue creada por la institución estatal para asistir a los trabajadores en lo que les corresponde percibir.
El enlace para acceder a esta herramienta es la siguente: https://calculadoras.mtess.gov.py/agui/production/formaguinaldo.php
En este contexto, recuerdan que el artículo 243 del Código Laboral establece una remuneración anual complementaria o aguinaldo, equivalente a la doceava parte de las remuneraciones devengadas durante el año calendario a favor del trabajador en todo concepto tanto de salario, horas extraordinarias, comisiones, entre otras, que deben ser abonadas antes del 31 de diciembre, o en el momento en que termine la relación laboral si ello ocurre antes de esa época del año.
Si la antigüedad es menor a un año, el cálculo se realiza solamente con base en los meses trabajados.
Los trabajadores afectados por incumplimiento del pago de aguinaldo o por no recibir el monto que corresponde, podrán realizar la denuncia ante el Mtess hasta el 1 de enero próximo, ya sea en su oficina central o de cualquiera de sus regionales.
Desde el ente estatal mencionaron que los trabajadores que están en la informalidad también tienen derecho a exigir y percibir el aguinaldo.
Las empresas o instituciones están obligadas a cumplir con este derecho y si no lo hacen se exponen a un sumario administrativo, además de sanciones equivalentes a 10 salarios (G. 22.893.240) y 30 salarios mínimos (G. 68.679.720) por trabajador.
De acuerdo con el Código Laboral paraguayo, no se puede descontar por deudas, ya que es inembargable.
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