InicioActualidadVenta de bebidas alcohólicas irá hasta las 19 por jornada electoral

Venta de bebidas alcohólicas irá hasta las 19 por jornada electoral

Este domingo 10 de octubre se realizarán las elecciones municipales en todo el país. Será la ciudadanía la que elija los nombres de quienes lo representarán como gobernantes de sus respectivos municipios y, como en cada proceso electoral, regirán medidas especiales para garantizar el correcto desarrollo de estas actividades.

Según establece la “Ley 834/1996 QUE ESTABLECE EL CÓDIGO ELECTORAL PARAGUAYO”, en su capítulo VII y art. 195, en el día de los comicios queda prohibido:

a) La aglomeración de personas o la organización de grupos en un radio inferior a doscientos metros de los centros en que funcionen las mesas receptoras de votos que directa o indirectamente puedan significar cualquier presión sobre los electores, a menos que se trate de electores formando filas delante de las mesas para sufragar;

b) La portación de armas, aún mediando autorización acordada anteriormente por autoridades administrativas, en el mismo radio señalado en el inciso anterior;

c) La celebración de espectáculos públicos hasta dos horas después de finalizar los comicios; 

d) el expendio de bebidas alcohólicas; y,

e) la instalación de mesas de consulta por parte de los partidos, movimientos y alianzas en el radio mencionado en el inciso a) de este artículo.

Las multas a los locales que lleguen a vender bebidas alcohólicas dentro de este lapso de tiempo (19:00 del 9/10 a 19:00 del 10/10) van desde los G. 4,000,000 hasta los G. 17,000,000; según manifestó el Lic. Luis Alberto Mauro, asesor de la Justicia Electoral.

“Lo que está prohibido, según la Ley, es la venta desde las 19:00 hs del sábado y a la par, la celebración de eventos de carácter público, hasta 2 horas después de la celebración de las elecciones”, explicó el Lic. Mauro, añadiendo que “se debe de aclarar que si los ciudadanos tienen eventos como cumpleaños o encuentros familiares en sus domicilios, pueden ser realizados, incluso con el consumo de bebidas alcohólicas compradas antes de las 19:00 hs”.

Los locales de esparcimiento social, como restaurantes, pueden funcionar normalmente, pero desde las 19:00 hs del sábado 9 hasta las 19:00 hs del domingo 10, no pueden vender bebidas alcohólicas. “La ley no demanda que los establecimientos estén cerrados, pueden abrir y funcionar, con la salvedad detallada concerniente al expendio de alcohol”, manifestó el asesor.

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