La lista de los ciudadanos habilitados que no cumplieron con su obligación de votar será elaborada por la Dirección del Registro Electoral, después de que las autoridades de la elección nacional o municipal hayan sido proclamadas.
Los ciudadanos mayores de 75 años, los compatriotas que viven en ciudades sin mesas de votación, los presos, los magistrados y los funcionarios de la Justicia Electoral que trabajaron el día de la votación serán excluidos de esta lista.
La lista será enviada a los fiscales electorales dentro de los 120 días siguientes a la fecha de la elección y será publicada en la página web de la Justicia Electoral. La sentencia puede ser apelada dentro de los tres días siguientes a su publicación.
Lea más: #EleccionesPy2023: 190 mil nuevos votantes pueden marcar la diferencia
El TSJE publicará la lista de personas que no votaron para que puedan defenderse o presentar algún justificativo.
Aquellos que no tengan una razón válida deberán abonar la multa. Una vez que la sentencia esté firme y haya transcurrido el plazo de pago de la multa, el procurador general de la República podrá iniciar un procedimiento de ejecución de sentencia para cumplir compulsivamente con la obligación de dar la suma de dinero establecida en la resolución judicial, de acuerdo con las reglas previstas en el reglamento y el Código Procesal Civil.
Cabe recordar que la Justicia Electoral cuenta con la línea telefónica 134 donde el ciudadano puede llamar de forma directa para obtener información y todo tipo de respuesta electoral.
Más información: #EleccionesPy2023: Presentan app con información útil para votantes